Hay un supuesto que circula con la fuerza de una obviedad entre varias generaciones de católicos argentinos: que la comunión en la mano fue una apertura pastoral que el Vaticano concedió porque las Conferencias Episcopales del mundo la pidieron mayoritariamente, y que discutirlo hoy es una rareza de nostálgicos.
La documentación dice otra cosa. Y el caso argentino —con nombres, fechas y cartas concretas— es, quizás, el ejemplo más claro de que esta historia no fue como se la contó.
Una consulta que salió mal para quienes querían el cambio
En 1968, Pablo VI hizo algo poco habitual: consultó sub secreto a todo el episcopado católico del mundo sobre si convenía permitir, junto al modo tradicional, que los fieles recibieran la Sagrada Comunión en la mano.
No era una consulta retórica. La pregunta central —”¿se debe acoger el deseo de que, junto con el modo tradicional, se permita también el rito de colocar la Sagrada Comunión en la mano?”— obtuvo una respuesta contundente: 567 obispos a favor, 1.233 en contra, 315 a favor con reservas.
Más de dos tercios del episcopado mundial rechazó la idea.
Con ese resultado en la mano, la Santa Sede hizo exactamente lo que cabía esperar: confirmó la disciplina tradicional.
El 29 de mayo de 1969, la Sagrada Congregación para el Culto Divino publicó la instrucción Memoriale Domini, que reafirmó que la comunión debía seguir dándose en la boca como norma universal, y exhortó “firmemente” a obispos, sacerdotes y fieles a someterse a esa ley “nuevamente confirmada“.
Entonces, ¿de dónde salió la comunión en la mano si el propio Pablo VI y la mayoría del episcopado mundial no la querían?
Una desobediencia que se volvió costumbre
De la desobediencia de un puñado de diócesis del norte de Europa.
Ya a mediados de los años 60, en Holanda, Bélgica, Alemania y Francia —zonas donde venían fermentando lecturas heterodoxas de la Eucaristía en el clima posconciliar— sacerdotes y comunidades enteras empezaron a distribuir la comunión en la mano sin pedir autorización a nadie.
El propio Pablo VI, ya en 1965, había comunicado a esos obispos que debían volver de inmediato al único uso legal.
No lo hicieron.
El cardenal Benno Gut, prefecto de la Congregación para el Culto Divino que firmó Memoriale Domini, lo reconoció sin vueltas en una entrevista de julio de 1969: hasta entonces se había permitido a los obispos autorizar experiencias puntuales, pero con frecuencia se traspasaron los límites y muchos sacerdotes simplemente hicieron lo que quisieron; el Papa, dijo Gut, cedió muchas veces “contra su propia voluntad“.
Frente a esa desobediencia ya instalada e imposible de revertir sin provocar una ruptura mayor, Memoriale Domini incluyó una válvula de escape estrictamente jurídica: donde el uso ilícito ya había arraigado, cada Conferencia Episcopal podía pedir a Roma —con el voto de dos tercios de sus obispos— un indulto que permitiera a cada obispo diocesano, “según su prudencia y conciencia“, autorizar la nueva forma en su territorio.
No era una norma nueva sustituyendo a la anterior. Era, literalmente, la tolerancia de una excepción sobre una ley que seguía —y sigue— vigente.
El caso argentino: treinta años de resistencia y un giro en 1996
Aquí está el dato que probablemente más sorprenda a quienes crecieron pensando que esto “siempre fue así”: la Argentina fue uno de los últimos países del mundo en pedir el indulto.
Hasta el 26 de abril de 1996, el episcopado argentino se mantuvo firme en la disciplina tradicional.
Ese día, en la 71ª Asamblea Plenaria de la Conferencia Episcopal Argentina, reunida en San Miguel, se alcanzaron los dos tercios necesarios para resolver —Resolución N° 14— pedir a la Santa Sede autorización para que los fieles pudieran optar libremente por recibir la Eucaristía en la mano, con la condición de que antes se realizara una catequesis previa.
La carta a Roma, fechada el 29 de abril de 1996, la firmó el cardenal Antonio Quarracino, arzobispo de Buenos Aires y presidente de la CEA.
La respuesta llegó rápido: el 9 de mayo, el cardenal Antonio María Javierre Ortas, prefecto de la Congregación para el Culto Divino, ratificó y confirmó la decisión “ad normam” de Memoriale Domini y del canon 455 §2 del Código de Derecho Canónico.
El 19 de junio se notificó a todos los obispos argentinos.
El material catequético que acompañó la introducción de la nueva disciplina se conoció como “El Pan Vivo“ —oficialmente, “Aportes para una catequesis con ocasión de la introducción de la disciplina de la comunión en la mano”—, publicado por la Comisión Episcopal de Liturgia en junio de 1996 bajo la presidencia de Monseñor Sueldo, y distribuido a todas las parroquias del país.
El tono del documento no se limitaba a explicar el mecanismo jurídico del indulto: presentaba la nueva práctica como “signo de crecimiento de la vida eclesial” y como ocasión de “alegría” para “retomar esta genuina tradición”, apelando a la teología del sacerdocio bautismal de los fieles.
Es un giro retórico significativo: de tolerancia reticente a relato de maduración eclesial.
No todo el episcopado acompañó ese tono con el mismo entusiasmo. Monseñor Mario Cargnello, entonces obispo de Orán y miembro de la misma Comisión de Liturgia que redactó “El Pan Vivo”, declaró al diario Clarín el 12 de agosto de 1996 que los obispos no estaban obligados a acatar la determinación de la Conferencia, y prefirió no polemizar señalando que en la Iglesia “debemos aprender a vivir en familia y a respetar las distintas decisiones”.
San Luis: el obispo que no aplicó el indulto
La resistencia más documentada fue la del obispo de San Luis, Monseñor Juan Rodolfo Laise.
Consultado su presbiterio el 8 de agosto de 1996, los sacerdotes de la diócesis consideraron unánimemente que para el pueblo fiel era preferible la comunión en la boca, y que no había en la diócesis casos de abuso que justificaran acogerse al indulto.
Laise decidió entonces no aplicarlo, sin plantear ruptura alguna con sus hermanos obispos.
La reacción pública no se hizo esperar. En La Nación del 23 de septiembre de 1996, Monseñor Sueldo respondió que “la norma está por encima del obispo” y que, aceptada por la CEA con la confirmación de la Santa Sede, “de ahí en más la decisión es del fiel, no del pastor” —una formulación jurídicamente floja, porque la CEA no derogó ninguna ley: obtuvo un indulto sobre ella, que sigue vigente y sigue siendo, en sentido estricto, una excepción.
Laise, lejos de amilanarse, consultó formalmente a Roma.
La Congregación para la Doctrina de la Fe le respondió sin ambigüedades que, al decidir mantener inmutable la tradición de distribuir la comunión en la boca, había obrado conforme a derecho y no había roto la comunión eclesial; más aún, no había hecho sino cumplir con la obligación que la propia instrucción exige a cada obispo: discernir las consecuencias que una alternativa a la práctica eucarística vigente podría ocasionar en la vida sacramental de los fieles.
Laise documentó todo el proceso en su libro Comunión en la mano: Documentos e historia, reeditado varias veces y traducido al inglés.
¿Y los primeros siglos? El argumento que hay que matizar
Quienes defienden la comunión en la mano suelen apelar a la práctica de la Iglesia primitiva, y tienen, en parte, razón: existe testimonio patrístico real.
San Cirilo de Jerusalén, en el siglo IV, instruía a los catecúmenos con un rito preciso y cargado de reverencia: acercarse sin las palmas extendidas ni los dedos separados, haciendo con la mano izquierda un trono para la derecha “como quien va a recibir a un Rey”, recibir el cuerpo de Cristo en el hueco de la mano diciendo “amén”, y cuidar con extremo celo de no perder ni una migaja.
Lo que ese argumento suele omitir es que aquel gesto patrístico no se parece demasiado a la praxis contemporánea promedio: no era una fila rápida, de pie, con una mano y a menudo con conversación de fondo, sino un gesto litúrgico intensamente ritualizado, propio de comunidades formadas en la disciplina del arcano tras un itinerario catecumenal larguísimo.
El paso a la comunión exclusivamente en la boca, consolidado entre los siglos VIII y X, la propia Memoriale Domini lo explica como fruto de una comprensión más honda del misterio eucarístico —no como una involución disciplinar arbitraria—, y la Iglesia sostuvo esa forma como norma universal durante casi mil años, hasta que la desobediencia posconciliar la puso en discusión de nuevo.
El péndulo dentro del propio magisterio: Juan Pablo II y Benedicto XVI
Este no es un tema que la jerarquía haya dejado tranquilamente resuelto. Los abusos de irreverencia —hostias tiradas, guardadas, manipuladas sin cuidado— llegaron a preocupar tanto a Roma que en 1980 la carta Dominicae Cenae de Juan Pablo II habló explícitamente de una “lamentable falta de respeto” hacia las especies eucarísticas ligada a esa práctica.
Un mes después, Juan Pablo II llegó a suspender el otorgamiento de nuevos indultos, evaluando seriamente no concederlos más; la medida se sostuvo hasta 1985.
Benedicto XVI, sin derogar los indultos existentes ni imponer una norma universal nueva, decidió que en las misas que él mismo celebraba los fieles comulgaran únicamente de rodillas y en la boca —un magisterio del gesto más que de la ley.
Ya como cardenal había escrito, en El espíritu de la liturgia, que una liturgia que no conoce más la genuflexión está “intrínsecamente enferma” y que es necesario reaprender a arrodillarse.
Ese gesto papal, sostenido durante todo su pontificado, fue leído por buena parte de una generación más joven, formada después de Summorum Pontificum (2007), como una señal de que la más alta jerarquía de la Iglesia consideraba preferible la forma tradicional, aun sin prohibir la otra.
Argentina hoy: la misma tensión, invertida
Lo llamativo es que la polémica argentina no quedó en 1996: sigue viva, y en los últimos meses tomó una forma casi especular respecto de entonces.
En agosto de 2025, el Arzobispado de San Juan de Cuyo dispuso que en Primeras Comuniones y Confirmaciones la Eucaristía se reciba “únicamente de pie y en la mano”, argumentando la necesidad de contrarrestar el discurso que califica esa forma de “sacrílega”.
En 2026, una polémica en la diócesis de Río Gallegos —por adolescentes distribuyendo la comunión durante una misa, función reservada al clero o a ministros extraordinarios formalmente instituidos— reavivó la discusión sobre el respeto a las normas litúrgicas vigentes.
Y en mayo de 2026 circuló la versión —desmentida por la oficina de comunicación de la CEA— de que el Dicasterio para el Culto Divino había debido recordarle a dos obispos argentinos, entre ellos Monseñor Marcelo Colombo, actual presidente de la Conferencia Episcopal Argentina, y Monseñor Gabriel Barba, obispo de San Luis —la misma diócesis de Laise—, que los fieles conservan el derecho a comulgar de rodillas y en la lengua.
El patrón se invirtió: si en 1996 la controversia era si debía permitirse la mano, hoy la fricción real está del lado opuesto —sacerdotes u obispos que restringen o dificultan la comunión en la boca a quien la solicita, lo cual contradice sin ambigüedad normas vigentes como Redemptionis Sacramentum (2004), que establece expresamente que todo fiel tiene siempre derecho a elegir el modo de comulgar y que no es lícito negarle la boca a quien la pide.
Pureza de corazón y reverencia del cuerpo: por qué Mateo 25 no zanja la cuestión
Queda la pregunta de fondo, la más honesta de todas: ¿no importa más la pureza de corazón, el “tuve hambre y me diste de comer” de Mateo 25, que el gesto con el que se recibe la Eucaristía?
Es verdad que Cristo no pregunta con qué mano lo recibieron, y que una obsesión escrupulosa por la forma externa sin caridad sería fariseísmo.
Pero la tradición católica —y particularmente la línea que va de Newman a Ratzinger— nunca opuso pureza interior a reverencia corporal: sostiene que el gesto forma el corazón, no que lo envuelve prescindiblemente.
Es la misma intuición detrás de la insistencia ratzingeriana en la genuflexión: no rigorismo litúrgico, sino antropología sacramental.
Somos cuerpo y alma, y lo que hacemos con las manos y las rodillas educa —o desforma— lo que creemos.
La pregunta correcta, entonces, no es gesto externo contra pureza interior, como si fueran alternativas, sino si el gesto elegido ayuda o entorpece esa pureza.
Ahí sí hay debate legítimo, todavía abierto: para unos, la comunión en la mano, hecha con reverencia, no resta nada a la Fe; para otros, la banalización estadística del gesto —la fila rápida, la distracción, el atajo— erosiona en la práctica masiva la conciencia de estar recibiendo a Dios.
Treinta años después de que la Argentina se sumara, casi la última, a una práctica que nunca dejó de ser jurídicamente una excepción, esa pregunta sigue abierta —y, a juzgar por lo que pasa hoy en San Juan de Cuyo, en Río Gallegos y en San Luis, más viva que nunca.
Anexo técnico: qué dice, literalmente, el Misal hoy vigente
Para quien quiera ir a la letra fría de la norma actual —y no quedarse solo con lo que cada diócesis dice que dice— conviene precisar qué establece hoy el Misal Romano en su edición argentina, la 3ª edición típica, vigente desde 2010 por decreto de la CEA firmado en su momento por el entonces cardenal Jorge Bergoglio.
Sobre la postura (Ordenación General del Misal Romano, n. 160): el texto universal dispone que los fieles comulgan de pie o de rodillas, según lo determine cada Conferencia Episcopal. Para la Argentina, la nota adaptada —basada en la Resolución N° 12 de la CEA, de noviembre de 2002— establece la posición de pie como forma habitual, con una inclinación de cabeza a modo de reverencia en lugar de la genuflexión.
Es importante subrayar el adjetivo: habitual, no exclusiva ni excluyente.
Incluso donde una Conferencia fija la postura de pie como norma, Roma lo ha autorizado siempre bajo la condición explícita de que a quien elija arrodillarse no se le puede negar la comunión por ese motivo, tal como lo ha reiterado el Dicasterio para el Culto Divino en distintas cartas a obispos consultantes y como lo recoge la instrucción Redemptionis Sacramentum.
Sobre el modo, boca o mano (n. 161): el texto es, si cabe, todavía más inequívoco.
Dice que el sacerdote muestra la Hostia diciendo “El Cuerpo de Cristo”, el fiel responde “Amén” y recibe el Sacramento “en la boca, o donde haya sido concedido, en la mano, según su deseo”.
La boca aparece nombrada primero, como forma de referencia; la mano aparece como lo “concedido”, es decir, lo otorgado por vía de indulto; y la decisión queda expresamente en manos del fiel.
Redemptionis Sacramentum (n. 92) lo remacha: todo fiel tiene siempre derecho a elegir recibir en la boca, y si además opta por la mano donde esté permitido, debe dársele, con el cuidado de que consuma la Hostia de inmediato frente al ministro.
En síntesis: la letra vigente del Misal no dice en ningún lugar que la comunión deba recibirse “de pie y en la mano” como forma obligatoria y excluyente.
Lo de pie es habitual, no único; y el modo —boca o mano— sigue siendo, en el propio texto normativo, elección libre del fiel.
Una disputa activa sobre la letra exacta. Un informe canónico publicado en El Wanderer en junio de 2026, elaborado a raíz de la controversia con los obispos Colombo y Barba, señala algo revelador: cuando Monseñor Colombo defendió públicamente que “en Argentina la comunión se recibe de pie” citando la Resolución N° 12 de 2002, una revisión del texto realmente aprobado por Roma mostró que las modificaciones propuestas por el episcopado argentino no fueron confirmadas exactamente como la CEA las había planteado.
Esa discrepancia entre lo que se invoca y lo que efectivamente rige explica, en parte, el terreno resbaladizo sobre el que se apoyan episodios recientes como el de la Basílica de San Francisco en Mendoza —donde un fraile habría reprendido a fieles que intentaban arrodillarse, y hasta se le habría negado la comunión a una persona hasta que aceptara recibirla de pie y en la mano— o la formación de ministros extraordinarios en San Luis, bajo el obispo Barba, orientada a favorecer la comunión en la mano en la misma diócesis que supo resistirse a ella bajo Laise.
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